DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, es por lo que este Tribunal Penal De Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control Nº º 03, del Estado Sucre, Extensión Carúpano Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida a la ciudadana MAIRA MARGARITA MANRIQUE MARCANO, venezolana, de 35 años de edad, nacida en Carúpano, Estado Sucre, en fecha 14-01-1977, titular de la Cédula de Identidad N° V-13.294.535, de profesión ama de casa, hijo de Hernán Manrique y Olga Marcano, domiciliado en Calle Perú N° 29, entre Calle Guiria y Calle San Félix, a una cuadra del Liceo Simón Rodríguez, en la causa penal seguida en su contra por el delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del novísimo Código Penal y LESIONES PERSONALES MENOS GRAVES previsto y sancionado en el artículo 415 Código Penal, en perjuicio de PACHECO GOMEZ WILLIAN RAMON, por cuanto de las a.....