este Tribunal SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO, y BANCARIO DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara SIN LUGAR la cuestión previa número 6º contenida en el artículo 346 del CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL, opuesta por el defensor ad litem abogado en ejercicio SAEL ASTUDILLO, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 105.930, en el presente juicio número 09619 contentivo del juicio que por REIVINDICACION, sigue por ante este Tribunal la ciudadana MARBELINA MARGARITA RODRIGUEZ contra la ciudadana MAOLYS JOSEFINA GUTIERREZ RAMOS, ambas suficientemente identificadas en autos. ASI SE DECIDE.-