Es por las consideraciones de hecho y de derecho antes señaladas que este Juzgado de Municipio Andrés Eloy Blanco del Primer Circuito Judicial del estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la Perención de la Instancia en el presente proceso que por Cobro de Bolívares por Daños y Perjuicios, intentó el ciudadano HECTOR RAMON QUIJADA, en contra del ciudadano LUIS BELTRAN GOMEZ MAICAN, ambos plenamente identificados en autos, cursante al Expediente N° 08-84.
De conformidad con lo previsto en el artículo 283 eiusdem, y dada la especialidad de la naturaleza de la presente decisión no hay condenatoria en costas.
Notifíquese a las partes de la decisión.
Publíquese, Regístrese y Diarícese la presente decisión y déjese Copia Certificada.
Dada, Firmada y Sellada en la sede de este Juzgado del Municipio Andrés Eloy Blanco del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre.....