Por los motivos de hecho y de derecho que anteceden, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Agrario, Bancario y Marítimo del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PRIMERO: INADMISIBLE la pretensión de partición, incoada por el ciudadano Argenis Ramón Chirinos González, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.320.547, en principio asistido el abogado en ejercicio JORGE JUAN BADARRACO ORTIZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 39.780, posteriormente como apoderado judicial del demandante contra la ciudadana CARMEN DOLORES SUAREZ GUEVARA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.826.073, en principio asistidad por la abogada en ejercicio ELISA VASQUEZ VIZCAINO, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 29.596. posteriormen.....