Por las razones antes expuestas, este Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Bermúdez, Benítez, Libertador, Andrés Mata y Arismendi del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la presente acción MERO DECLARATIVA, incoada por el ciudadano SERGIO ENRIQUE SABA MARTINEZ PEREIRA, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad No.V-21.010.283 y domiciliado en calle Principal Carúpano Arriba, municipio Bermúdez estado Sucre, sobre el vehículo: MARCA: CHEVROLET, MODELO: CHEVETTE SL 4 PUERTAS AUTO, CLASE: AUTOMÓVIL, TIPO: SEDAN, COLOR: MARRÓN PARDILLO OSCURO ME, USO: PARTICULAR, AÑO:1988, SERIAL DEL MOTOR: JJV305774, SERIAL DE LA CARROCERÍA: 5C69JJV305774 y PLACA: XIX489, y que le corresponde según documento autenticado de compra-venta que hiciera al ciudadano MANUEL MALDONADO C.....