Por todos los razonamientos antes expuestos, esta Sala Accidental de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: SE ADMITE el Recurso de Apelación interpuesto por la ciudadana NILDA TERESA MARTÍNEZ, asistida por la Abg. AYSKEL MARTÍNEZ contra la decisión dictada en fecha 14 de Marzo de 2012, por el Juzgado Sexto de Primera Instancia en Funciones de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná; mediante la cual declaró Con Lugar: la solicitud de levantar las Medidas de Prohibición de Enajenar y Grabar sobre inmuebles constituidos; el primero de ellos, por un lote de terreno signado con el Nº 56; el segundo, un lote de terreno signado con el N° 16, y el tercero, un lote de terreno signado con el número 39, que forman parte de la Urbanización Villas del Sol, ubicado en el sector denominado Tres Picos, Calle Principal, jurisdicción .....