este Tribunal observa que en caso de quedar demostrado en autos durante la etapa de cognición la existencia de hechos configuradores de delitos tipificados en nuestro ordenamiento jurídico , al momento de resolver el conflicto mediante la sentencia de fondo , este Juzgado se pronunciara al respecto y realizará los tramites necesarios para informar de tales hechos a los órganos competentes para que lleven a cabo la investigación que ordena la ley. Y ASI SE DECIDE.