Este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio, del la Circunscripción Judicial del Estado Sucre con sede en cumaná Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECERTA LA INTERRUPCION del juicio que se lleva a cabo por ante este Juzgado contenido en el expediente signado bajo el N° RP01-P-2004-216, de conformidad con lo establecido en el Artículo 337 del Código Orgánico Procesal Penal.