En consideración de todo lo anteriormente expuesto, ha quedado plenamente demostrado que el Juez Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil Tránsito y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, al momento de pronunciarse sobre la admisión, asumió una competencia material solo atribuida al tribunal con competencia marítima, que por mandato legal corresponde en esta jurisdicción al Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito Marítimo y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, incurriendo con su proceder en la violación del debido proceso, por infracción de los numerales 3 y 4 del artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Así se declara.
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Marítimo y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, procediendo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y .....