Se sanciona conforme al Procedimiento por Admisión de los Hechos, contemplado en el artículo 583 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños Niñas y Adolescentes; a "Omisis" a cumplir con la sanción de un (01) año de Privación de Libertad de conformidad con lo establecido en el artículo 628 parágrafo primero de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por la comisión del delito de Lesiones Personales Gravísimas, previsto y sancionado en el artículo 417 del Código Penal, en perjuicio de Ronald Javier García Suniaga.