Por los razonamientos precedentemente expuestos, este Tribunal Superior, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR el recurso de Apelación interpuesto por la abogada en ejercicio LUIGIA PASSARIELLO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 38.257, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandante, en contra de la sentencia dictada en fecha 11/02/2008 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre. En consecuencia ACUERDA el DESALOJO del Local Comercial distinguido con el Nº 2, ubicado en la Planta Baja del Edificio LEOMAR de esta ciudad de Cumaná, Estado Sucre. Así mismo ordena al ciudadano, VEKIN MANOUKIAN cancelar al ciudadano JOSÉ GREGORIO PASSARIELLO VERDICCHIO seis (6) meses de cánones de arrendamiento desde el 16 de Agosto de 2007 hasta el 15 de Febrero de 2008 y los que se hayan vencido hasta la entrega efectiva del inmueble a r.....