Por lo tanto, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SUCRE Y CRUZ SALMERÓN ACOSTA DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
1°. CON LUGAR EL DESALOJO DEL INMUEBLE constituido por el apartamento, distinguido con el N° 4, ubicado en la tercera planta del edificio "12", urbanización Nueva Cumaná de la ciudad de Cumaná, en jurisdicción del Municipio Sucre del Estado Sucre.
2°. CON LUGAR LA INDEMNIZACIÓN POR DAÑOS Y PERJUICIOS, por la falta de pago de los cánones de arrendamiento de los meses comprendidos entre mayo de dos mil seis (2006) y diciembre dos mil siete (2007), por la cantidad de TRES MIL SEISCIENTOS BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 3.600,oo), y los que continúen venciéndose por los meses comprendidos entre enero de dos mil ocho (2008) y la entrega del inmueble, objeto de esta sentencia.
En consecuencia, FELIX RAMÓN FERNÁNDEZ GÓMEZ, está obligado .....