se acuerda oficiar al Jefe de la Medicatura Forense Adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Crinimalisticas de a los fines que un médico forense se traslade al Internado Judicial de esta ciudad y evalué al penado CIRO CAMARGO LARA, y remita un informe donde indique la lesión que padece el mencionado penado, el tratamiento prescrito y si el lugar de reclusión es optimo para su rehabilitación, en caso de que exista esa alternativa, así como el tiempo de curación del mismo