Por las razones antes expuestas este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal, del Estado Sucre, Extensión Carúpano Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL CESE DE LA MEDIDA JUDICIAL PRIVATIVA DE LIBERTAD dictada en contra del ciudadano DEIVIS DAVID REYES REYES, titular de la cédula de identidad N° 25.366.710 de conformidad con el artículo 297 del Código Orgánico Procesal Penal, por su presunta participación en la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO CON ALEVOSIA, POR MOTIVOS FÚTILES E INNOBLES Y AGAVILLAMIENTO previsto y sancionado en los artículos 406 en su ordinal 2º y 286, ambos del código penal vigente, en perjuicio de FERNANDO NICOLAS CARBALLO ZAPATA Y EL ESTADO VENEZOLANO. Se deja constancia que se prescindió de emitir el pronunciamiento de la solicitud fiscal en Audiencia Oral (debatir los fundamentos de la solicitud fiscal), por cuanto de las actuaciones se evidencian qu.....