Razón por la cual, tiene esta operadora de justicia que negar tanto la solicitud de Medida de Prohibición de Enajenar y Gravar sobre los siguientes Inmuebles: 1) Un Inmueble que se encuentra inscrito bajo el Número 2012.1172, asiento registral 2 del Inmueble Matriculado con el N° 422.17.15.2.98 y correspondiente al Libro de Folio Real del año 2012. 2) Un Inmueble que se encuentra inscrito bajo el número 2010.684, asiento Registral 2 del Inmueble matriculado con el N° 422.17.15.2.48 y correspondiente al libro de Folio Real del año 2010; así como la de Medida Preventiva de Embargo solicitada sobre una cantidad de dinero que esta por entregársele al ciudadano ROBERT GABRIEL MARCHAND, en un juicio por estafa que se cometió en contra del patrimonio que formaba la comunidad concubinaria, dicho caso lo lleva el Tribunal Cuarto de Control de la Circunscripción Penal de este Circuito Judicial del Estado Sucre. Así se decide.-
LA JUEZ PROVISORIA.,
ABG. MARIA DE LOS ANGELES ANDARCIA.
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