este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara de Oficio la PERENCION DE LA INSTANCIA, de conformidad con lo previsto en el encabezamiento del artículo 267 eiusdem, con los efectos señalados en el artículo 271 del mismo Código adjetivo, en el juicio que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DAÑOS Y PERJUICIOS, incoado por los Ciudadanos JORGE ANTONIO BARRERA Y RICHARD ANTONIO PIÑANGO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Números V- 5.042.805, y V- 7.602.496, abogados en ejercicio, inscritos en el Inpreabogado bajo los Números 34.111 y 53.695, domiciliados en la Ciudad de Maracaibo, y de tránsito por esta Ciudad de Cumaná, , Estado Sucre, actuando en nombre y en representación del Ciudadano YRVIN RAFAEL FERNANDEZ RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédul.....