En consecuencia este Juzgado de Protecciòn de Niños, Niñas y Adolescentes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, HOMOLOGA el convenimiento entre el ciudadano LUIS ALFONSO RIVERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº4.949.924, domiciliado en Calle El Bajo Nº 16, Carùpano y la ciudadana LUZ OMIRA PEREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº10.879.096, domiciliada en la Calle Juncal Nº 310, Carùpano Municipio Bermúdez del Estado Sucre. De conformidad con los artículos 315 y 375 de la Ley Organica para la Protecciòn de Niños, Niñas y Adolescentes atribuyen a los Tribunales de Protecciòn de Niños, Niñas y Adolescentes la competencia para homologar los acuerdos celebrados entre las partes.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE
Dada, firmada y sellada en el Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, a los veintisie.....