DISPOSITIVA
este Tribunal Quinto de Control Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara así Constituida LA CAUCIÓN JURATORIA, a favor del imputado: ANGEL JESUS MUJICA BERMON, Venezolano, natural de Rio Caribe, Estado Sucre, Titular de la Cedula de Identidad Número V- 18.413.253, de 40 años de edad; nacido el 15/10/76, soltero, Agricultor, hijo de Elias Mújica y Miguelina Bermon , y Residenciado en en el campo de Rió Caribe, Sector Rió Santiago, calle principal, casa sin numero, cerca de la Unidad Educativa Rió Santiago, Municipio Arismendi del Estado Sucre, por la presunta comisión de los delitos de VIOLENCIA FÍSICA, VIOLENCIA PSICOLOGICA, y AMENAZAS previstos y sancionados en los artículos 42,39,41, todos de la Ley Orgánica Sobre el derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana BRANYERLIZ YORGELIZ LOPEZ ROJAS; consistente en: 1.- No Ausentarse de la Jurisdicción del Tribunal, .....