En consecuencia este Tribunal Unipersonal de Juicio del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; ABSUELVE a la acusada ENEIGLÉ DE JESÚS HERNÁNDEZ GARCÍA, Venezolana, de 17 años de edad, nacida en Cumaná el día 31/03/1988, titular de la cédula de identidad Nº 18.212.716, soltera, domiciliada en la Urbanización La Trinidad, vereda H-2, de ésta ciudad, hija de Pedro Basilisio Hernández y Nohelia García Cumare, de los cargos fiscales que le fueron formulados por el Ministerio Público, por la presunta comisión del delito de LESIONES LEVES, previsto en el artículo 417 del Código penal Venezolano, cometido en perjuicio de la Adolescente. GRISBEL VIVIANA MARCANO EVARISTO.