Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Protección del Niño y del Adolescente y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la Recusación propuesta por el abogado JOSE BUENA VENTURA GAMARDO ESPIN, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 29.988, actuando en nombre y representación judicial de la parte actora, ciudadana BETSABETH BERMUDEZ HERNANDEZ, en contra de la abogada INGRID COROMOTO BARRETO LOZADA, en su carácter de Juez Temporal del Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre.