Es por lo que este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control N° 02, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de La Ley: Estima procedente y ajustado a derecho Acordar la Medida de Protección solicitada a favor del ciudadano José Antonio Cedeño González, venezolano, natural de Carúpano, Estado Sucre, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 16.061.873, nacido en fecha 20-11-1983, de 31 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio promotor de ventas, teléfono 04267852097, y domiciliado en la Urbanización Guayacán de Las Flores, Sector N° 01, Vereda N° 55, Casa N° 18, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre; a fin de garantizar su integridad física y de su grupo familiar, oportuna participación en el proceso penal y la misma consiste en Recorridos Policiales, por el Domicilio de la Víctima, ubica.....