Este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio Del Trabajo de este Circuito Judicial, visto el DESISTIMIENTO DE LA ACCION Y DEL PROCEDIMIENTO realizado por la parte actora y aceptado por la parte demandada en el presente procedimiento que por cobro de Prestación Sociales tiene incoado MANUEL FELIPE RUIZ venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº. V- 5.697.682, contra TOYOTA DE VENEZUELA C.A., y por cuanto lo solicitado no es contrario a derecho, da por consumado el DESISTIMIENTO y en consecuencia este tribunal en nombre de la Republica bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la ley, le imparte su HOMOLOGACION, de conformidad con el articulo 263 del Código de Procedimiento Civil , por aplicación analógica del articulo 11 de la Ley Organica Procesal Del Trabajo, otorgándole fuerza de cosa Juzgada ya que es Ley entre las partes, asimismo no teniendo esta Juzgadora ninguna otra actuación que realizar con ocasión a la presente solicitud DECLARA t.....