declara CON LUGAR la solicitud Fiscal, y decreta el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO POR PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, de la causa que se le seguía al joven xxxxxxxxxxxxxxxxxx, para el momento de los hechos, Titular de la Cédula de Identidad N° V-16.557.168, domiciliado en las Colinas de Campeche, Calle 2, Casa N° 33 de esta ciudad de Cumaná, Estado Sucre, por el delito de ROBO AGRAVADO, en perjuicio de previsto y sancionado en el artículo 460 del Código Penal vigente para el momento de los hechos, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 318 numeral 3 y 48 numeral 8 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 615 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente. Se ordena la remisión de las actuaciones al Archivo Central de este Circuito Judicial Penal, a los fines de su cuido y conservación.
Se ordena el cese de las Medidas Cautelares Sustitutivas a la privación Judicial Preventiva de Libertad, decretada contra el acusado, dada.....