este Tribunal Segundo de control de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN DE LIBERTAD, al adolescente XXXXXXXXXXXXXXX, a quien se le inició causa por uno de los delitos Contra la Moral Y la Buenas Costumbres, contenidas en los literales b, c y f del artículo 582 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño del Adolescente. Este Tribunal deja constancia que el procedimiento se continuará con el procedimiento ordinario. Remítase las presentes actuaciones a la Fiscalía Sexta del Ministerio Público en su oportunidad legal. Líbrese Boleta de Libertad, oficio dirigido a la Policía de Casanay, para las respectivas presentaciones. Así se decide en Cumaná, a los veintisiete días del mes de febrero de 2006.
El Juez Segundo de Control
Abg. Yomari Figueras.