este Tribunal Tercero de Control Administrando Justicia, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, pasa a hacer el siguiente pronunciamiento: presentada como ha sido la Acusación Fiscal por parte de la Fiscal Décima del Ministerio Público, oído a la Victima y al Imputado, así como los alegatos de la Defensa, se toman en consideración lo siguiente: PRIMERO: Se Admite Totalmente la ACUSACION FISCAL, presentada por la Fiscalía Décima del Ministerio Público, en contra del Imputado WILMANS JESÚS GASPAR MARTINEZ, Venezolano, natural de Carúpano estado Sucre, 51 años de edad, casado, titular de la cédula de identidad Nº V-5.698.918, residenciado en Cumanagoto segundo calle aeropuerto casa sin 44 cerca del Centro PDVAL, ,teléfono 0293-4320185 del estado Sucre, por la presunta comisión del delito de AMENAZAS y VIOLENCIA FÍSICA, previstos y sancionados en los artículos 41 y 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en p.....