Este Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, con sede en Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: CON LUGAR, la solicitud de evaluación psicosocial presentada ante este Tribunal y en consecuencia ordena libar oficio a la Unidad Técnica de Supervisión y Orientación N° 03, Región Oriental, Cumaná, a los fines de que practique la evaluación psicosocial al penado HERME JOSÉ RAMÍREZ RODRÍGUEZ, venezolano, soltero, nacido en fecha 15-03-1991, natural de Cariaco, titular de la cédula de identidad Nº 24.535.653, de 19 años de edad, hijo de María Luisa Ramírez, soltero, sin oficio definido, hijo de Herme López y María Ramírez, residenciado en Pantoño, Sector Santa Clara, casa sin número, cerca de la escuela, Municipio Andrés Eloy Blanco del Estado Sucre; indíquese igualmente que se encuentra recluido en la sede del Internado Judicial de esta ciudad.