DISPOSITIVA
Por todo los razonamientos de hecho y de Derechos anteriormente expuesto, este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley de conformidad con lo previsto en el articulo 243 en relación con los articulo 253 y 256 ordinal 3° del Código Orgánico procesal Penal, Decreta: Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad de presentación periódica cada treinta (30) días por el lapso de seis (6) meses contados a partir de la presente fecha ante la Comandancia de Policía de Guiria Estado Suc21 años, residenciado en CALLE juncal, casa número 20, Guiri Municipio Valdez del Estado Sucre, titular de la cédula de identidad V-16.892.071, por la presunta comisión del delito de Posesión de Estupefacientes, previsto y sancionado en el artículo 36 de la Ley Orgánica de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de la colectividad, y d.....