este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre con sede en la Ciudad de Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara: CON LUGAR, la solicitud de revisión de medida plateada por la abogada MARIANA ANTÓN GAMBOA, Defensora Pública Quinta en lo penal del imputado JESUS ESTEBAN GUERRA MARCHAN, Venezolano, titular de la cédula de identidad No. V-6.767.372, soltero, de 44 años de edad, nacido en fecha 9/02/1970, ayudante de mecánica, hijo de Maria Marchan y Esteban Guerra, residenciado en el Barrio Daniel Carias, Calle Los Nísperos, Casa N° 64, de esta ciudad de Cumaná, Estado Sucre, teléfono: 0426-2802703, por la presunta comisión del delito de AMENAZAS, previsto y sancionado en el artículo 41 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana Maria Marchan; en consecuencia de conformida.....