este TRIBUNAL SEGUNDO EN FUNCIONES DE CONTROL, en presencia de las partes, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de La Ley, DECRETA LIBERTAD SIN RESTRICCIONES Y EL SOMETIMIENTO VOLUNTARIO AL PROCESO, a favor el imputado ciudadano JOSÉ LUIS GUANCHEZ DÍAZ, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 9.978.873, residenciado Av Carúpano, al lado del Conscripto Caiguere, hijo de Pedro German Guanchez y de Olga Mangareth Díaz, profesión u oficio Comerciante, por la presunta de los delito de LESIONES PERSOANLES GRAVES Y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGOS, previstos y sancionados en los artículos 458, en relación con el artículo 80 del Código Penal, en perjuicio de del Estado Venezolano. Y EN RELACIÓN AL CIUDADANO BETANCOURT CEDEÑO JOEL ANTONIO, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 20.324.980, residenciado en Av Carúpano al lado del Conscripto Caiguire en la invasión, de esta Ciudad de Cumaná, Estado Sucre; hijo de José Rafael Betancourt y de Ronny Del .....