Este Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Acuerda a favor del penado LEOCADIO JOSÉ RODRÍGUEZ, venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° 8.138.481, la LIBERTAD CONDICIONAL, por MEDIDA HUMANITARIA, hasta que recupere su salud y pueda continuar con el cumplimiento de la condena.