En virtud de las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, DEL TRANSITO Y BANCARIO DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la Solicitud de Divorcio 185-A interpuesta por los ciudadanos, FRANCISCO JOSE PEREZ VASQUEZ Y DILIA MARIA FRANCO, quienes son venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-5.704.849 y V- 5.700.954, respectivamente, domiciliado el primero en Araya, Municipio Cruz Salmerón Acosta , Estado Sucre y la segunda en la Urbanización Cumanagoto III, Vereda M-1, N° 11, Cumaná, Estado Sucre, debidamente asistidos por la Abogada en ejercicio, DAMELIS MARIA REYES, inscrita en el INPREABOGADO bajo el N° 24.028, y de este domicilio, quedando en consecuencia DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL que los unía y que contrajeran por ante la Prefec.....