Seguidamente se le concede el derecho de palabra al Apoderado Judicial de la demandada, Abg. Angel Augusto Avila, quien expone: Mi representada se niega a realizar el reenganche en virtud de que desconoce que el demandante Tomás Castillo haya tenido relación laboral alguna con ésta, por tanto mi representada está en los actuales momentos intentando acciones de Amparo contra la sentencia del Tribunal ad-quo, ya que en ese juicio se vieron violentados garantías constitucionales en detimento de Alimentos Polar; de tal manera que nos negamos de manera formal a realizar el citado reenganche por las razones antes expuestas, es todo.-