Este Tribunal acuerda en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley Medida Preventiva de Privación de Libertad del ciudadano ENRIQUE JOSÉ CARBALLO MARTÍNEZ, por la presunta comisión de HOMICIDIO INTENCIONAL, quien quedará recluido en el Internado Judicial de esta ciudad de Carúpano, haciendo del conocimiento al Director del Internado el resguardo de la integridad física del imputado. Se acuerda las copias solicitas por las partes. En vista de que el imputado se encuentra recluido en la Policlínica Carúpano, permanecerá con custodia policial hasta su egreso y luego será remitido al Centro de reclusión. Líbrese las boletas respectivas, Así se decide, Cúmplase.
El Juez Segundo de Control,
Abg. Abelardo R Royo H.