DECISION
En mérito de las consideraciones antes expuestas, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL AGRARIO DEL TRANSITO Y BANCARIO, DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana y por autoridad de la Ley declara INADMISIBLE la demanda de ACCION MERODECLARATIVA DE UNION CONCUBINARIA, intentada por la ciudadana BETTY HARE CAMPERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-5.702.141, asistida por la abogada en ejercicio FLORVIDIA PERDOMO FRONTADO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.461.521, inscrita en e en el Inpreabogado bajo el N° 59.459, en contra del ciudadano ASDRUBAL LEANDRO SANCHEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-3.140.569, representado por los abogados en ejercicio REINALDO VASQUEZ RODRIGUEZ, REYLUISBELT VASQUEZ MARQUEZ, ABIGAIL ISABEL TOVAR B. Y ALEJANDRO S. LEANDRO SANCHEZ, venezolanos, mayores de eda.....