Con fuerza en lo precedentemente expuesto este Tribunal Primero de Control de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve:
PRIMERO: ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACIÓN FISCAL en contra del Adolescente OMISSIS; a quien la representación fiscal formuló acusación por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, tipificado en el artículo 458 del Código Penal Venezolano, perpetrado en fecha 13-07-2014, en perjuicio de los Ciudadanos Omissis, y en fecha 19-07-2014, en agravio de los Ciudadanos OMISSIS Y OMISSIS, VIOLACIÓN, tipificado en el artículo 375 del Código Penal Venezolano, cometido en fecha 19-07-2014, en detrimento de la Ciudadana OMISSIS y LESIONES PERSONALES DEL TIPO LEGAL BÁSICO, tipificado en el artículo 413 ibídem, en perjuicio de los Ciudadanos Omissis; todo de conformidad con lo establecido en el artículo 578 Literal "A" en.....