En mérito de lo expuesto, este Tribunal Primero de Control de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve:
PRIMERO: ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACIÓN, el ofrecimiento de los medios de pruebas aportadas por el Ministerio Público, en el presente asunto seguido contra la joven adulta OMISSIS, en investigación relacionada con la comisión del delito de LESIONES PERSONALES MENOS GRAVES, tipificado en el artículo 413 del Código Penal Venezolano en perjuicio de la ciudadana LUISA DEL VALLE CASTELLIN REYES, venezolana, de veintiocho (28) años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 14.579.399, soltera, estudiante, natural de Porlamar, estado Nueva Esparta, con número telefónico 0416-4883801, residenciada en la entrada Población de Cangrejal, casa sin número, Municipio Andrés Mata del Estado Sucre; todo de conformidad con lo esta.....