DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTA, Con la obligación de presentarse por ante la unidad de Alguacilazgo de este Circuito Judicial cada 8 dias por el lapso de 6 meses al imputado Ciudadano Amin Rafael Ahomad Tovar, venezolano, de 21 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 17.300.314, nacido en fecha 16-04-84, Soltero, de oficio latonero, hijo de Amin Ahomad y Carmen Felicia Tovar Paz, y residenciado en la Calle Versalles, Calle Miramar, Casa N° 76, Carúpano, Estado Sucre, por la presunta comisión de los delitos de Aprovechamiento de Cosas Provenientes de Delitos y Lesiones Personales Leves contemplados en el artículo 470 y el artículo 416 del código penal, en perjuicio de los ciudadano Ahmed Temer Chams el Dein Dovaider y Hertón Moreno por considerar que no existe Peligro de Fuga, condición esta necesaria para que proceda la Privación Judicial Preventiva de Libertad de conformidad con el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal. Se Líbro oficio junto co.....