Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Protección del Niño y del Adolescente y Bancario del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR la inhibición formulada, por Abogado EDGAR JOSE VALLEJO JIMENEZ, titular de la cédula de identidad N° 5.690.369, en su carácter de Juez Temporal del Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito, Marítimo y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre en fecha 14 de Julio de dos mil diez.