El Juzgado Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en virtud de la falta de pruebas suficientes que acrediten la existencia del delito de Privación Ilegítima de Libertad, que acrediten la autoría y participación de los acusados en el delito de Lesiones Leves; y que asimismo desvirtúen la presunción de inocencia, vista igualmente la solicitud de sentencia absolutoria planteada por la defensa, por estimársele ajustada a derecho, sobre la base del artículo 366 del Código Orgánico Procesal Penal, ABSUELVE a los ciudadanos JOSÉ MANUEL MARQUETT, quien es venezolano, de ocupación funcionario del Instituto Autónomo de Policía del Estado Sucre, titular de la cédula de identidad N° 10.235.762, nacido en fecha 20-02-1978, domiciliado en Cumanacoa, Sector la Manga, tercera etapa casa N° 68-B, Municipio Montes del Estado Sucre, por el delito de Privación Ilegitima de Libertad y Lesiones P.....