En consecuencia por los motivos antes expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: DESISTIDA la Apelación interpuesta por la Ciudadana Edith De Jesús Ochoa, Titular de la Cédula de Identidad Nº V- 5.549.774, parte demandada en el presente Juicio, contra la Sentencia de fecha 06 de junio de 2011, dictada por el Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de este Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre en el Juicio que por Divorcio incoara el Ciudadano Aquiles José Arrieta Marcano contra la Ciudadana Edith De Jesús Ochoa, ambos identificados en Autos.- Así se decide.-
De conformidad con lo establecido en el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil, se ordena Notificar a las partes. Líbre.....