Este Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley procede a CONDENAR al acusado OSWALDO LEONEL RAMOS CASTILLO venezolano, natural de Caracas, Distrito Federal, de 20 años de edad, nacido en fecha 16/05/1993, soltero, titular de la cédula de identidad Número V- 23.642.051, hijo de Dimas ramos y Englis Castillo, y residenciado en Calle La Esperanza, casa S/N, cerca de los Bomberos, El Pilar, municipio Benítez, estado Sucre, a cumplir la Pena de SEIS (6) AÑOS y OCHO (08) MESES DE PRISIÓN, mas las Accesorias de Ley, por el delito de TRAFICO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÒPICAS EN LA MODOLIDAD DE DISTRIBUCION, previsto y sancionado en el artículo 149 segundo aparte de la Ley de Drogas y la agravante establecida en el artículo 163 numeral 7, de la Ley Orgánica de Drogas, en perjuicio de LA COLECTIVIDAD. Ahora bien, conforme a lo previsto.....