este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, con sede en Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: IMPROCEDENTE la Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, al penado RONNY JOSÉ SALAZAR RODRÍGUEZ, venezolano, de 25 años de edad, de ocupación no definida, titular de la Cédula de Identidad N° 20.347.781, hijo de los ciudadanos Mirna Rodríguez y René Salazar, residenciado en la Franja de la Llanada, Barrio La Democracia, Segunda Calle, casa S/N°, Cumaná, Estado Sucre; y en consecuencia NIEGA el otorgamiento de la misma, a favor del penado de marras, por cuanto el resultado de la evaluación psicosocial que se le practicara, arrojó PRONOSTICO DESFAVORABLE