Visto el oficio n° 1.193 de fecha 25/05/2006 suscrito por T.S.U. LUIS VILLACINDA, en su carácter de Director del Internado Judicial de Cumaná, donde comunica que el penado JACKSON JESÚS HENRÍQUEZ RODRÍGUEZ, titular de la cédula de identidad n° V-18.775.941, tiene consulta el día 31/05/2006 a las 8:00 de la mañana en el Hospital Central de esta ciudad, a los fines de realizarse unos exámenes de laboratorio, solicitando autorización para trasladarlo hasta el referido Hospital para la fecha y hora pautada; en virtud de ello y visto que dicho petitorio no es contrario a derecho, este Juzgado de Ejecución como garante de los derechos ciudadanos del penado JACKSON JESÚS HENRÍQUE RODRÍGUEZ, titular de la cédula de identidad n° V-18.775.941, entre ellos el derecho a la salud, acuerda: oficiar a la Dirección del Internado Judicial de Cumaná, para que realice las gestiones necesarias a los fines que el penado de autos sea trasladado con las estrictas seguridades del caso hasta el Servicio Au.....