Este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, REPONE la presente causa al estado de admitir la presente solicitud realizada por la parte demandada. En consecuencia vista la solicitud presentada este Tribunal fija las 10:00 am del Décimo Quinto (15) día hábil siguiente a la presente fecha a los fines de realizar la inspección judicial solicitada. Así se decide. Publíquese la presente decisión en el sitio Web del Tribunal Supremo de Justicia www.tsj.gob.ve.