SE DECLARA SIN LUGAR la cuestión previa opuesta por la parte demandada, de falta de capacidad procesal o ilegitimidad procesal, consagrada en el ordinal 2º del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, en el presente procedimiento que por RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO PRIVADO, sigue el ciudadano GERMAN LEANDO FIGUERA ARZOLA, en contra de los ciudadanos LUIS AGUSTIN BERMUDEZ Y FENG YONGAN