Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley procede a CONDENAR: al ciudadano: LUIS ANTONIO JIMENEZ GONZALEZ, quien dijo ser venezolano, Natural de Carúpano, del Estado Sucre, de 29 años de edad, estado civil: Soltero, Cedula De Identidad 18.205.724, de oficio: pescador, nacido el 15-04-83, hijo de luisa Jiménez y Héctor González, domiciliado en: Playa de Sal, Sector el Matadero, casa sin numero, en un rancho ubicado, cerca del matadero. Municipio Bermúdez, del Estado Sucre; a cumplir la Pena de DE CINCO (05) AÑOS Y DIEZ (10) MESES DE PRISIÓN, mas las accesorias previstas en el articulo 13 del Código Penal, por la comisión de los delitos de ROBO PROPIO EN GRADO DE TENTATIVA, previsto y sancionado en el articulo 455 del Código Penal, en relación con el 80 y 83 de la misma norma; y TENTATIVA DE ROBO DE VEHÌCULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el articulo 7 de la Ley Especial que rige la materia, en perjuicio de la Victima: LUÍS.....