Por las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Civil, Mercantil, Tránsito, De Protección del Niño, Niña y Adolescente y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara SIN LUGAR, la apelación interpuesta por el ciudadano JOSE ANGEL MARCANO, abogado en ejercicio, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 26.821, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante, contra la sentencia de fecha once (11) de marzo del año dos mil ocho (2008) dictada por el Juzgado Segundo de Primera instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario del primer Circuito Judicial del estado Sucre. En consecuencia, procedente la FALTA DE CUALIDAD activa, alegada por el demandado. Y SIN LUGAR, la pretensión de RENDICIÓN DE CUENTAS intentada por el Abogado en ejercicio JOSE ANGEL MARCANO, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 26.821, apoderado judicial de los ciudadanos: AGUSTINA .....