Por los razonamientos anteriormente expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA ADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por el abogado WILFREDO EMILIO DANIA GALAVIS, actuando con el carácter de Fiscal del Ministerio Público, en materia de Drogas la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, contra la sentencia publicada en fecha 08 de Diciembre de 2004, por el Juzgado Segundo Mixto de Juicio de este Circuito Judicial Penal, extensión Carúpano, en la cual ABSOLVIÓ al acusado ALEXIS JOSÉ BRUZUAL, de la comisión del delito de TRÁFICO ILCIITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de la Colectividad-.-Se fija el octavo día hábil siguiente a la última notificación que se haga a las partes para que a las.....