Por todos los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el Abogado CARLOS ALBERTO BRAVO RIVAS, en su carácter de Fiscal Tercero del Ministerio Público del Segundo Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, contra la decisión dictada en fecha 04 de Diciembre del año 2012, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, extensión Carúpano; mediante la cual acordó la entrega de la embarcación "Amigo Ramón", Matricula ARSH-4990, Distintivo de Llamada: YYP-5661, a la ciudadana EDUVIGIS VALLE SEMIDEY TINEO, bajo la modalidad de Guardia y Custodia. SEGUNDO: SE ANULA la Decisión recurrida. TERCERO: SE ORDENA, retrotraer el proceso al estado de que un nuevo Juez del Circuito Judicial Penal del Estado .....