En consecuencia, con base en las razones anteriormente expuestas, es por lo que este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR, la apelación interpuesta por el Abogado Gualberto Ríos Vallejo, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 6.746, actuando en su carácter de Apoderado Judicial del ciudadano Ángel Ramón Marín, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 4.951.754, contra la Sentencia Interlocutoria con Fuerza de Definitiva, dictada en el presente juicio en fecha 28 de Enero de 2010, por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre.-
SEGUNDO: SE REVOCA, la sentencia recurrida.-
TERCERO: SE INSTA al Juzgado A Qu.....